Recepción de mármol de un desarrollo en Playa del Carmen

Propietarios

Documentos para promocionar tu propiedad

Lo mismo si es para rentar o para vender. Lo publicamos completo desde el principio para que puedas reunirlo con calma y no descubras nada el día de la firma.

Por qué se pide todo esto

No es papeleo: es lo que permite anunciar

La NOM-247 condiciona la promoción de un inmueble a tener su expediente completo. Se puede empezar el trámite desde el primer día —de hecho conviene—, pero anunciarla requiere que esté todo.

Y hay una razón que se nota después: casi todo lo que frena una operación en la mesa de la notaría se puede resolver antes, si se mira antes. Un predial con adeudo, un cónyuge que tiene que comparecer, un cajón de estacionamiento que no está donde se creía. Revisarlo al principio cuesta una semana; descubrirlo al final cuesta la operación.

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Quién eres

Identificación oficial vigente siempre

INE o pasaporte. Si eres extranjero, tu residencia legal.

CURP siempre

Vigente. Se descarga en línea en un minuto.

Constancia de Situación Fiscal siempre

Tu cédula del RFC actualizada, del portal del SAT. Es la que más veces falta, porque casi nadie la asocia con rentar o vender.

Acta de nacimiento

Solo si la notaría la pide. Con tu identificación y tu CURP normalmente no hace falta: la CURP sale de los datos del acta.

Comprobante de domicilio siempre

Reciente. Luz, agua o teléfono.

Acta de matrimonio

Si estás casado, con el acta y la identificación de tu cónyuge. En sociedad conyugal tiene que comparecer a firmar, y eso se decide por el estado civil que tenías cuando adquiriste, no por el de hoy.

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De quién es la propiedad

Escritura o título de propiedad siempre

Inscrita en el Registro Público. Es la que dice la superficie real: cuando el anuncio y la escritura no coinciden, manda la escritura.

Predial del año en curso, pagado siempre

Sin predial al corriente no se firma, ni en renta ni en venta. Se pide desde el principio: un adeudo descubierto el último día no se resuelve el último día.

Certificado de libertad de gravamen

Que no haya hipoteca, embargo ni litigio. Es el único documento que caduca rápido: uno de hace ocho meses no dice nada de hoy.

Recibos de agua y luz

De los últimos seis meses. Un solo recibo al corriente no descarta un adeudo de hace cuatro.

Poder notarial

Si quien ofrece la propiedad no es quien aparece en la escritura.

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Qué se puede hacer con ella

Escritura del régimen de condominio

Dice qué es área común y qué es privativa, y de quién es el cajón de estacionamiento — que «techado» describe el techo, no dice a quién le toca.

Reglamento interno

Lo que de verdad permite sobre mascotas, renta corta, remodelación y horarios. Cuando el reglamento y el propietario dicen cosas distintas, publicamos lo que dice el reglamento.

Constancia de no adeudo de mantenimiento

Trae además la cuota vigente, que casi siempre es distinta de la que uno recuerda.

Lo que hacemos con ellos

Los revisamos antes de publicar

Lo que se anuncia tiene que sostenerse línea por línea.

Contrastamos lo que dicen los papeles con lo que se va a publicar: los metros de la escritura contra los del anuncio, lo que permite el reglamento contra lo que se quiere ofrecer, de quién es el cajón de estacionamiento. Si algo no cuadra, se resuelve antes y no en la mesa de la notaría.

Después te entregamos la opinión de valor por escrito, con los comparables citados y la metodología explicada, para que el precio de salida sea una decisión y no una corazonada.

Empezar

¿Te falta alguno?

Casi nadie los tiene todos a la mano, y eso no detiene nada: se puede empezar con lo que haya y reunir el resto sobre la marcha. Escríbenos y te decimos exactamente cuáles te faltan y dónde se consigue cada uno.

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